Ir al contenido principal
Contacte con nosotros

Condiciones generales

1. DEFINICIONES
1.1 "Aceptación" tiene el significado que se le da en la cláusula 2.3.

1.2 "Aprobación" significa cualquier consentimiento, aprobación, orden, certificado de autorización de, o registro, declaración o presentación ante, o permiso de, o notificación a, cualquier Autoridad requerida por la ley aplicable.

1.3 Por "normas australianas" se entienden los documentos publicados que establecen especificaciones y procedimientos destinados a garantizar que los productos, servicios y sistemas sean seguros, fiables y funcionen sistemáticamente de la forma prevista.

1.4 "Autoridad" significa cualquier entidad administrativa, judicial, ejecutiva, legislativa u otra entidad gubernamental, departamento, agencia, comisión, junta, oficina o tribunal, y cualquier otra organización reguladora o autorreguladora, en cualquier país o jurisdicción.

1.5 "Comprador" significa cualquier comprador de Bienes y/o Servicios de Minetek o cualquier persona que actúe en nombre y con la autoridad del Comprador.

1.6 "Pérdida consecuencial" significa cualquier pérdida consecuencial, indirecta, remota o imprevisible, incluyendo sin limitación; pérdida de beneficios o ingresos, pérdida de uso, pérdida económica o financiera, pérdida de producción o pérdida por cierre o no operación, pérdida de negocio, pérdida de oportunidad, interrupción de negocio, pérdida de fondo de comercio o reputación de negocio, pérdida de ahorros anticipados, incremento de costes de financiación o explotación y/o daños ejemplares o punitivos, sufridos o incurridos por el Comprador o cualquier tercero.

1.7 "Contrato" tiene el significado que se le da en la cláusula 2.4.

1.8 "Envío" significa el momento en que los Productos salen de las instalaciones de Minetek para su Entrega al Comprador.

1.9 "Entregar"/"Entrega" significa: si las Mercancías han de ser recogidas por el Comprador o su transportista de Minetek, cuando comience la carga de las Mercancías por el Comprador o su transportista; y si las Mercancías han de ser entregadas al Comprador o su transportista por Minetek o su transportista, cuando las Mercancías sean descargadas en el lugar de entrega.

1.10 Por "Fuerza Mayor" se entenderá un caso fortuito, guerra, pandemia, incendio, huelga, cierre patronal, conflicto comercial o industrial, injerencia gubernamental, retrasos en el transporte, accidentes, avería de instalaciones o maquinaria, o cualquier otra causa ajena al control de Minetek.

1.11 "Bienes" significa los Bienes y/o Equipos a los que se refiere el Pedido y suministrados por Minetek al Comprador en virtud del Contrato.

1.12 "GST" tiene el mismo significado que en la Ley sobre un nuevo sistema fiscal (Impuesto sobre Bienes y Servicios) de 1999 (Cth) (modificada).

1.13 "Propiedad intelectual" hace referencia a todos los derechos de propiedad industrial e intelectual, ya sean protegibles por ley, derecho consuetudinario o equidad, incluidos, entre otros, todos los derechos de autor sobre los Productos y todos los materiales proporcionados en relación con los Productos, los derechos relacionados con invenciones (incluidas todas las patentes y solicitudes de patentes), secretos comerciales y conocimientos técnicos, derechos de diseño (registrables o no), derechos de marca (registrada o no), derechos de diseño de disposición de circuitos y excluidos los derechos morales no transferibles.

1.14 "Minetek" significa Minetek Pty Ltd ABN 35 167 164 936 con domicilio social en 1 Civic Avenue, Singleton NSW 2330 Australia.

1.15 "Pedido" significa una solicitud u orden de compra de Bienes y/o Servicios realizada por un Comprador en virtud de un Presupuesto.

1.16 "Precio" significa el precio de los Bienes y/o Servicios especificado en el Presupuesto y sujeto a las Condiciones.

1.17 "Presupuesto" significa el presupuesto proporcionado por Minetek al Comprador para el Precio, especificación y alcance de los Bienes y/o Servicios, incluyendo cualesquiera términos y condiciones especiales establecidos en el Presupuesto, e incluye cualquier Presupuesto revisado.

1.18 "Servicios" significa cualquier servicio especificado en el Pedido y cualquier trabajo incidental que pueda inferirse razonablemente como necesario o apropiado para realizar dichos servicios.

1.19 "SOPA" significa la Ley de Seguridad de Pagos del Sector de la Edificación y la Construcción de 1999 (NSW).

1.20 "Condiciones" se refiere a estas Condiciones Generales para la venta de Bienes y Servicios por parte de Minetek.

2. EL CONTRATO
2.1 Al realizar un Pedido, el Comprador ofrece contratar con Minetek sobre la base del Pedido, el Presupuesto y las Condiciones.

2.2 Junto con el Pedido, el Comprador deberá devolver una copia firmada de las Condiciones. Estas Condiciones seguirán siendo de aplicación a cualquier Pedido independientemente de que el Comprador devuelva o no una copia firmada.

2.3 Minetek acepta un Pedido realizado por el Comprador cuando Minetek notifica la Aceptación del Pedido al Comprador.

2.4 Tras la Aceptación, se establece un Contrato vinculante entre Minetek y el Comprador que incorpora los siguientes documentos:

a) el Presupuesto o cualquier Presupuesto revisado;
b) las Condiciones;
c) la Orden; y
d) la notificación de Aceptación del Pedido.

2.5 Estas Condiciones se aplican a todos los Presupuestos y Pedidos y prevalecerán sobre cualquier condición propuesta o alegada por el Comprador.

2.6 En caso de incoherencia, ambigüedad o discrepancia, se aplicará el orden de precedencia indicado en la cláusula 2.4, teniendo prioridad el primer documento enumerado y así sucesivamente.

3. PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO
3.1 El Precio de los Productos y/o Servicios se especifica en el Presupuesto. Salvo que en el Presupuesto se indique lo contrario, Minetek podrá modificar el Precio en cualquier momento antes de la Aceptación de un Pedido sin previo aviso.

3.2 Si se produjera alguna variación en los Bienes y/o Servicios, en las instrucciones de Entrega o en cualquier otro elemento o asunto en el que se base el Presupuesto, Minetek se reserva el derecho a revisar y modificar el Precio en consecuencia. El Precio podrá ser ajustado por Minetek para tener en cuenta las variaciones en el coste para Minetek derivadas de alteraciones o ajustes en los Bienes y/o Servicios solicitados por el Comprador, retrasos en la fabricación o Entrega, variaciones en las cargas gubernamentales y tasas estatutarias, dificultades laborales y cualquier variación en los tipos de cambio relevantes para el cálculo del Precio y que se produzcan con posterioridad a la fecha del Presupuesto.

3.3 El Comprador deberá abonar el GST o cualquier otro impuesto, tasa, arancel o gravamen aplicable al suministro de los Bienes y/o Servicios, además de, y al mismo tiempo que, el pago del Precio. Minetek proporcionará al Comprador una factura fiscal según lo exigido por la ley.

3.4 Salvo que la Cotización establezca lo contrario, el Comprador deberá pagar el Precio de los Bienes y/o Servicios que le hayan sido suministrados en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la factura de dichos Bienes y/o Servicios. El Comprador deberá abonar intereses sobre todas las cantidades vencidas al vendedor al tipo de 12% anual devengado, calculado desde la fecha de vencimiento del pago de la cantidad pendiente hasta la fecha de pago por parte del Comprador. Todo pago efectuado por el Comprador se deducirá en primer lugar de los intereses devengados.

3.5 El Comprador no podrá retener el pago ni efectuar deducción alguna del Precio facturado o de cualquier otra cantidad adeudada a Minetek sin el previo consentimiento por escrito de Minetek.

3.6 La recepción de cualquier importe no constituirá pago hasta el momento en que dicho importe sea abonado o pagado en su totalidad.

3.7 Si el Comprador no paga a Minetek de acuerdo con las Condiciones, Minetek podrá hacer todo o parte de lo siguiente: suspender las entregas futuras de cualquier Bien y/o Servicio al Comprador; ejercer un gravamen posesorio general sobre, y poder de venta de, cualquier bien del Comprador en posesión de Minetek; ejercer su derecho a rescindir el Contrato; o rescindir cualquier otro acuerdo con el Comprador. Si Minetek lleva a cabo alguna o todas estas acciones, el Comprador acepta que no tendrá derecho a reclamación alguna contra Minetek.

3.8 Minetek tendrá derecho a recuperar del Comprador todos los costes legales y de otro tipo en los que incurra Minetek derivados del impago del Comprador y del cobro de cualquier cantidad vencida.

4. LEGISLACIÓN SOBRE PAGOS EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN
4.1 A la entera discreción de Minetek, si existieran disputas o reclamaciones por Bienes y/o Servicios impagados:

(a) Minetek podrá presentar reclamaciones de pago de conformidad con la SOPA al Comprador por Bienes y/o Servicios suministrados en Nueva Gales del Sur; y

(b) Minetek podrá presentar reclamaciones de pago al Comprador por Bienes y/o Servicios suministrados fuera de Nueva Gales del Sur, de conformidad con la legislación pertinente sobre pagos del sector de la construcción del estado o territorio en el que fueron suministrados.

4.2 El Comprador reconoce y acepta que cada factura emitida por Minetek al Comprador está destinada a ser una reclamación de pago en virtud de la legislación de pago pertinente del sector de la construcción del estado o territorio en el que se suministraron los Bienes y/o Servicios.

4.3 Si se requiere la adjudicación de una reclamación de pago, se elegirá a Adjudicate Today para gestionar el proceso de adjudicación.

5. ENTREGA DE MERCANCÍAS
5.1 La entrega de los Productos se realizará en la dirección del Comprador especificada en el Pedido, o en caso de no especificarse, la entrega se realizará según determine Minetek.

5.2 El Comprador tomará todas las medidas necesarias para recibir la Entrega de las Mercancías en el momento en que se solicite la Entrega, incluso asegurándose de que el Comprador dispone del equipo de elevación necesario en el momento de la Entrega.

5.3 Minetek podrá entregar los Productos en plazos separados (de conformidad con cualquier calendario de entrega acordado). Cada plazo separado se facturará y pagará de conformidad con los Términos.

5.4 El incumplimiento por parte de Minetek del plazo de Entrega de los Productos no dará derecho al Comprador a; reclamar por cualquier pérdida o daño, cancelar, rescindir, terminar o tratar el Contrato como repudiado.

5.5 Minetek no será responsable de ninguna pérdida o daño debidos al incumplimiento o retraso por parte de Minetek en la Entrega de los Productos (o de cualquiera de ellos) de forma puntual o en su totalidad, y el Comprador no tendrá derecho a retener parte de la factura de Minetek, deducirla o compensarla con respecto a dicho incumplimiento o retraso.

5.6 Minetek podrá suspender o cancelar la entrega de los Productos si Minetek considera razonablemente que los Productos pueden causar lesiones o daños (incluso por razones técnicas, científicas, médicas o de eficacia) o pueden infringir los derechos de propiedad intelectual de cualquier persona, o si los pagos adeudados por el Comprador a Minetek siguen pendientes. Dicha suspensión o cancelación no constituirá en modo alguno admisión de responsabilidad o culpa por parte de Minetek.

6. GARANTÍA
6.1 En la medida en que lo permita la ley, Minetek excluye todas las garantías, salvo lo dispuesto en las Condiciones o en un certificado de garantía del fabricante proporcionado con los Productos.

6.2 Minetek garantiza que si existe algún defecto en cualquiera de los Productos fabricados por Minetek y es comunicado por el Comprador a Minetek dentro de los 12 meses siguientes a la Entrega, entonces Minetek, a su entera discreción, reparará el defecto o sustituirá los Productos (tras examinar primero los Productos) siempre que:

a) la garantía no cubrirá ningún defecto o daño causado o provocado por:

(i) el incumplimiento por parte del Comprador del mantenimiento adecuado y rutinario de los Bienes;
(ii) el incumplimiento por parte del Comprador de cualesquiera instrucciones o directrices verbales o escritas facilitadas por Minetek para el uso, mantenimiento o funcionamiento de los Productos;
(iii) el incumplimiento por parte del Comprador de cualquier requisito legal o reglamentario aplicable o de las Normas australianas con respecto a la instalación, el funcionamiento o el mantenimiento de los Productos;
(iv) cualquier uso de las Mercancías distinto de la aplicación especificada en el Pedido;
(v) el uso continuado de los Productos después de que cualquier defecto se haga evidente o hubiera sido evidente para un operador o usuario razonablemente prudente;
(vi) el uso de los Productos antes de que Minetek complete la instalación y/o puesta en servicio de los Productos;
(vii) artículos consumibles sujetos a deterioro o consumo en condiciones normales de servicio o funcionamiento; o
(viii) desgaste normal, accidente o fuerza mayor.

b) la garantía no cubrirá los costes de pruebas, administración, flete y embalaje o cualquier gasto fuera de las instalaciones en que incurra Minetek, incluidos viajes, gastos de vehículo, flete, transporte y alojamiento, que correrán a cargo del Comprador.

c) la garantía quedará anulada si los Productos son reparados, modificados o revisados por el Comprador o cualquier tercero sin haber obtenido previamente el consentimiento por escrito de Minetek.

d) con respecto a todas las reclamaciones de garantía, Minetek no será responsable de compensar al Comprador por cualquier retraso en la sustitución o reparación de los Productos o en la evaluación adecuada de la reclamación de garantía del Comprador.

e) la garantía quedará anulada si el Comprador incumple cualquier pago del Precio.

6.3 Si no se comunica a Minetek ninguna reclamación por defectos en el plazo de 12 meses, el Comprador asume todas las responsabilidades con los Bienes y/o Servicios y Minetek no tendrá responsabilidad alguna.

6.4 Para los Bienes no fabricados por Minetek, la garantía será la vigente proporcionada por el fabricante de los Bienes. Minetek no tendrá responsabilidad alguna además de los términos de la garantía del fabricante.

6.5 La siguiente declaración será de aplicación si el suministro de los Productos y/o Servicios al Comprador es una venta al consumidor tal y como se define en la Ley del Consumidor de Australia. En esta declaración, 'Nuestro' significa 'Minetek', 'Usted' significa el 'Comprador':

Nuestros bienes y servicios cuentan con garantías que no pueden excluirse en virtud de la Ley Australiana del Consumidor. En caso de avería grave del servicio, usted tiene derecho:

- cancelar su contrato de servicios con nosotros; y
- al reembolso de la parte no utilizada o a una compensación por su valor reducido.

También tiene derecho a elegir entre el reembolso o la sustitución en caso de avería grave del producto. Si un fallo en los bienes o en un servicio no constituye un fallo grave, tiene derecho a que se subsane en un plazo razonable. En caso contrario, tiene derecho al reembolso de los bienes y a rescindir el contrato del servicio y obtener el reembolso de la parte no utilizada. También tiene derecho a ser indemnizado por cualquier otra pérdida o daño razonablemente previsible derivado de un fallo en los bienes o el servicio.

7. RIESGO Y TÍTULO
7.1 Todos los riesgos de las Mercancías se transfieren al Comprador en el momento de la Entrega. Esto también se aplicará a cualquier Entrega parcial de las Mercancías o intento de Entrega de las Mercancías. A partir de ese momento, el riesgo de daño, pérdida o deterioro de las Mercancías por cualquier causa pasará al Comprador.

7.2 La titularidad y propiedad de los Productos no pasará al Comprador hasta que Minetek reciba el pago íntegro de los Productos en fondos compensados en su cuenta bancaria.

7.3 Hasta el momento en que la titularidad de los Bienes se transmita de Minetek al Comprador, Minetek podrá notificar por escrito al Comprador que devuelva los Bienes o cualquiera de ellos a Minetek o, alternativamente, el Comprador autorice a Minetek a entrar en las instalaciones del Comprador para volver a tomar posesión de los Bienes. Tras dicha notificación (o tras la recuperación) cesarán los derechos del Comprador a obtener la propiedad o cualquier otro interés sobre los Bienes.

7.4 Hasta el momento en que Minetek haya recibido el pago íntegro de las Mercancías, el Comprador retendrá cualquier producto de la venta o enajenación de las Mercancías en fideicomiso para Minetek.

7.5 Con anterioridad a la transmisión de la titularidad, el Comprador reconoce y acepta que otorgará a Minetek una garantía real sobre los Bienes y su producto. Minetek podrá registrar un interés de garantía en virtud de la Ley de Valores de Propiedad Personal de 2009 (Personal Property Securities Act 2009, Cth) (PPSA) en relación con los Bienes y cualquier producto derivado de cualquier transacción con los Bienes. El Comprador reconoce que cualquier compra que realice a Minetek en condiciones de crédito, o cualquier suministro con reserva de dominio de conformidad con las presentes Condiciones, se vincula a la entrega de los Bienes correspondientes y constituye un derecho de garantía sobre el precio de compra en virtud de la PPSA.

7.6 Si la Cotización permite expresamente al Comprador revender cualquier Bien antes de la transmisión de la titularidad, el Comprador podrá hacerlo en el curso ordinario de sus negocios siempre que el Comprador ingrese los ingresos en una cuenta bancaria separada y los mantenga en fideicomiso para Minetek.

7.7 En la medida permitida por la ley, el Comprador renuncia a sus derechos o prerrogativas a cualquier declaración de verificación u otros avisos o comunicaciones que puedan ser necesarios, requeridos o convenientes en virtud de la PPSA.

7.8 Minetek tendrá un derecho de retención sobre cualquier otra mercancía del Comprador en posesión de Minetek o bajo el control de Minetek por todas las cantidades reclamadas debidas y pagaderas a Minetek hasta que el pago se reciba en su totalidad, fondos compensados sin deducción o compensación.

7.9 Ninguna de las partes podrá registrar, vender, enajenar o negociar de otro modo ninguna garantía real sobre las Mercancías o el producto de cualquier operación con las Mercancías, salvo en los casos permitidos por la presente cláusula.

8. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
8.1 En la medida permitida por la ley, Minetek excluye toda responsabilidad, ya sea por incumplimiento de contrato, agravio, negligencia, incumplimiento de deber legal o garantía, contribución o responsabilidad estricta o en virtud de una indemnización o cualquier otra base en derecho o equidad al Comprador que surja de y en relación con los Bienes y/o Servicios, excepto en la medida establecida en las cláusulas 6 y 8.2.

8.2 Las disposiciones de la Ley de Competencia y Consumo de 2010 (Cth) (modificada) y otras leyes vigentes en cada momento no pueden excluirse, restringirse o modificarse, o solo pueden restringirse o modificarse de forma limitada. Las Condiciones deben leerse e interpretarse con sujeción a dichas disposiciones legales. Si alguna de dichas disposiciones legales es de aplicación, entonces, en la medida en que Minetek tenga derecho a ello, su responsabilidad en virtud de dichas disposiciones legales se limitará, a su elección, a:

(a) la sustitución de los Bienes o el suministro de Bienes equivalentes;
(b) la reparación de los Bienes;
(c) el pago del coste de sustitución de los Bienes o de adquisición de Bienes equivalentes; o
(d) el pago de los gastos de reparación de los Productos.

8.3 Si se determina que la cláusula 8.1 es inválida o inaplicable, el Comprador reconoce que, en ningún caso, la responsabilidad de Minetek ante el Comprador, ya sea por incumplimiento de contrato, agravio, negligencia, incumplimiento de deber legal o garantía, contribución o responsabilidad estricta o en virtud de una indemnización o cualquier otra base en derecho o equidad excederá la
Precio.

8.4 El Comprador reconoce y acepta que Minetek no será responsable ante el Comprador, ya sea por incumplimiento de contrato, agravio, negligencia, incumplimiento de obligación legal o garantía, contribución o responsabilidad estricta o en virtud de una indemnización o cualquier otra base en derecho o equidad, por cualquier Pérdida Consecuencial.

8.5 En la medida en que lo permita la ley, el Comprador reconoce y acepta que todas las causas de acción que pueda tener contra Minetek, derivadas o relacionadas con el suministro de los Productos o Servicios en virtud del Contrato prescribirán a menos que se interpongan en el plazo de un mes desde el momento de su devengo.

9. INDEMNIZACIÓN Y SEGURO
9.1 El Comprador exime a Minetek de cualquier reclamación, acción, procedimiento, responsabilidad, gasto, pérdida o daño, incluidas, a título meramente enunciativo y no limitativo, las reclamaciones por subrogación de cualquier aseguradora, cualquier lesión personal, fallecimiento o daño a la propiedad que se derive del uso de los Productos por parte del Comprador. El Comprador indemnizará a Minetek por cualquier reclamación presentada por un tercero en relación con negligencia, daños personales o fallecimiento derivados de los Bienes y/o Servicios.

9.2 Desde el momento en que el riesgo de los Bienes se transfiere al Comprador y hasta que la titularidad también se transfiera de conformidad con las Condiciones, el Comprador deberá asegurar los Bienes con una compañía de seguros con una calificación de S&P Financial no inferior a "A" por su valor total de reposición contra pérdidas o daños, incluidos, entre otros, incendio, daños malintencionados, robo y riesgos de tránsito.

9.3 El seguro exigido en virtud de la cláusula 9.2 deberá cubrir los derechos e intereses respectivos del Comprador y de Minetek (como propietario), hacer constar los intereses de Minetek como propietario si Minetek lo requiere, e incluir:

(a) una cláusula de responsabilidad cruzada, con la intención de que cada parte asegurada sea considerada como un asegurado independiente en virtud de la póliza;
(b) una disposición expresa que obligue al asegurador a notificar a Minetek si la póliza de seguro no se renueva, caduca o se cancela a medio plazo; y
(c) un reconocimiento por parte del asegurador de que, en caso de pérdida o daño de los Bienes, todo el dinero derivado de cualquier liquidación del seguro se utilizará para reparar o sustituir los Bienes. Dicha determinación quedará a la entera discreción de Minetek.

9.4 El Comprador no debe hacer, permitir o permitir que se haga nada que pueda o pueda perjudicar cualquier seguro de los Productos.

9.5 Siempre que Minetek lo solicite, el Comprador proporcionará sin demora a la primera parte copias de los certificados de vigencia de los seguros exigidos en virtud del presente Contrato.

9.6 El Comprador es responsable y debe pagar cualquier franquicia o deducible de las pólizas de seguro exigidas por las Condiciones en la medida de su contribución a la pérdida o daño.

9.7 Si el Comprador no asegura los Productos de conformidad con las cláusulas 9.2 y 9.3, Minetek podrá, aunque no estará obligada a ello, contratar y mantener dicho seguro y el coste de hacerlo será una deuda exigible e inmediatamente pagadera por el Comprador a Minetek.

9.8 El Comprador deberá informar sin demora a Minetek por escrito de cualquier hecho o circunstancia que pueda dar lugar a una reclamación en virtud del seguro requerido por la cláusula 9.3 y mantener a Minetek informado de la evolución posterior y tomar todas las medidas razonables para garantizar una solución rápida y favorable de la reclamación.

10. RESCISIÓN POR CAUSA JUSTIFICADA
10.1 Minetek podrá rescindir el Contrato, o cualquier parte del mismo, inmediatamente

mediante notificación por escrito al Comprador si éste:

(a) cometa un incumplimiento sustancial del Contrato que no sea subsanado a satisfacción de Minetek en el plazo de siete (7) días desde la notificación por escrito de Minetek; o
(b) no reciba la Entrega conforme a la cláusula 5, que no sea subsanada en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la recepción de la notificación por escrito de Minetek.

10.2 Minetek también podrá resolver el Contrato, o cualquier parte del mismo, con efecto inmediato, si el Comprador:

(a) cometa un incumplimiento grave que no sea subsanado en el plazo de catorce (14) días tras la notificación por escrito de la otra parte; (b) sea objeto de un supuesto de insolvencia que signifique:

(i) el Comprador se declare insolvente o sea incapaz de pagar sus deudas a su vencimiento;
(ii) se inicien procedimientos para nombrar un administrador o liquidador externo al Comprador;
(iii) el Comprador es puesto bajo gestión o administración oficial;
(iv) se presume que el Comprador es insolvente en virtud de la Ley de Sociedades Anónimas tras una demanda legal; o
(v) se produzcan circunstancias que, a criterio exclusivo de Minetek, indiquen la incapacidad de pago del Comprador.

10.3 Si el Contrato se resuelve en virtud de las cláusulas 10.1 o 10.2, el Comprador deberá, además de cualesquiera otros daños recuperables conforme a derecho, pagar a Minetek en concepto de indemnización por resolución:

(a) los costes reales de rescisión, incluyendo:
(i) el coste de cualquier equipo, piezas, componentes y materiales pedidos por Minetek que esté obligado a aceptar y no pueda razonablemente evitar o cancelar;
(ii) cualquier coste de pérdidas derivadas de la cancelación o rescisión de contratos con terceros, incluidos los costes de ruptura del contrato y los gastos de cancelación;
(iii) costes razonables de desmovilización y cualquier coste adicional de transporte, flete, manipulación, embalaje, consumibles, seguros o mantenimiento; y
(iv) cualquier otro coste incurrido por Mintek hasta el momento de la rescisión.

10.4 Si:
(a) se produzca un impago a Minetek o, en opinión de Minetek, el Comprador no pueda hacer frente a sus pagos a su vencimiento; o

(b) el Comprador se declare insolvente, convoque una reunión con sus acreedores o proponga o celebre un concurso de acreedores, o haga una cesión en beneficio de sus acreedores; o

(c) se designe un síndico, administrador, liquidador (provisional o no) o persona similar con respecto al Comprador o a cualquier activo del Comprador: entonces, sin perjuicio de los demás recursos legales de Minetek,

Minetek tendrá derecho a suspender total o parcialmente la ejecución del Contrato, sin perjuicio de cualesquiera otros recursos de que pueda disponer, y todas las cantidades adeudadas a Minetek serán inmediatamente pagaderas, estén o no vencidas.

11. RESCISIÓN POR CONVENIENCIA
11.1 Minetek podrá rescindir el Contrato para su conveniencia mediante notificación por escrito al Comprador con 14 días de antelación. Minetek no será responsable ante el Comprador de ningún daño o perjuicio derivado de dicha rescisión.

11.2 Si no se han suministrado Bienes y/o Servicios al Comprador antes de la recepción de una notificación de rescisión por conveniencia, Minetek reembolsará cualquier depósito pagado.

11.3 La resolución del Contrato, cualquiera que sea su causa, no afectará a ninguno de los derechos y recursos de las partes que se hayan devengado en el momento de la resolución. Las cláusulas que, expresa o implícitamente, sobrevivan a la resolución del Contrato continuarán en pleno vigor y efecto.

12. PROPIEDAD INTELECTUAL
12.1 Cada parte licencia a la otra parte su Propiedad Intelectual preexistente que no haya sido creada predominantemente a los efectos del Pedido, ya sea que haya comenzado a existir antes o después de la fecha del Pedido, en la medida necesaria para permitir a la otra parte suministrar, operar o utilizar los Bienes o los Servicios, según sea el caso.

12.2 La propiedad de toda la Propiedad Intelectual descubierta o que llegue a existir como resultado de, para los fines de o en relación con, el suministro de los Bienes y/o Servicios de conformidad con el Contrato recae y será propiedad de Minetek ("PI del Contrato").

12.3 Minetek concede al Comprador una licencia mundial, no exclusiva, irrevocable y libre de regalías para utilizar la PI del Contrato con el fin de operar o utilizar los Bienes y/o Servicios. El Comprador podrá sublicenciar la licencia a sus contratistas únicamente en la medida necesaria para el funcionamiento, mantenimiento y uso de los Bienes.

12.4 Cada parte garantiza a la otra que la indemnizará por cualquier coste o pérdida en relación con cualquier infracción de la Propiedad Intelectual de terceros, salvo en la medida en que haya sido causada por la otra parte.

13. CONFIDENCIALIDAD
13.1 Los Términos y las disposiciones de todos los Contratos son confidenciales y no deben ser revelados por el Comprador a ningún tercero sin el consentimiento previo por escrito de Minetek, a menos que dicha divulgación sea requerida por la ley (con excepción de la sección 275 (1) de la PPSA).

13.2 Las partes acuerdan que las disposiciones de esta cláusula 13 equivalen a un "acuerdo de confidencialidad" al que se refiere el artículo 275 (6) de la PPSA.

13.3 Las restricciones contenidas en esta cláusula 13 no se aplicarán a ninguna de las Condiciones o disposiciones de los Contratos que Minetek haya hecho de dominio público.

14. RESPONSABILIDADES DEL COMPRADOR
14.1 Es responsabilidad exclusiva del Comprador;

(a) obtener cualquier Aprobación; y/o

(b) cumplen las normas australianas pertinentes (o, si los Productos se van a utilizar en un país distinto de Australia, las normas legales y reglamentarias aplicables de dicho país) que sean necesarias para la instalación o el uso de los Productos.

14.2 Cualquier tasa aplicable será responsabilidad exclusiva del Comprador.

15. DISPUTAS
15.1 Si una de las partes desea plantear una controversia o diferencia en relación con el Contrato, deberá notificarlo por escrito a la otra parte sin demora y, a continuación, como condición previa al inicio de un procedimiento judicial: (a) en el plazo de 14 días desde que una de las partes notifique una controversia, la otra parte deberá proporcionar a la primera una respuesta por escrito en la que exponga su postura; y

(b) en un plazo de siete (7) días a partir de dicha respuesta, los respectivos directivos implicados deberán reunirse en persona al menos una vez para intentar resolver el conflicto de buena fe.

16. DERECHO Y JURISDICCIÓN
16.1 El Contrato se rige y se interpretará de acuerdo con las leyes del estado de Nueva Gales del Sur y la Commonwealth de Australia y Minetek no asume ninguna responsabilidad por los cambios en la ley que afecten a los Productos suministrados.

16.2 La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (Viena, 1980) no se aplica al Contrato.

17. ENMIENDA
17.1 Cualquier modificación de las Condiciones deberá realizarse por escrito y, en caso contrario, no será vinculante para Minetek. Si alguna de las disposiciones del presente Contrato fuera ilegal o inválida en virtud de cualquier ley o norma jurídica aplicable, dicha disposición se separará del resto del Contrato, que seguirá siendo válido y vinculante para ambas partes.

18. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN
18.1 El Comprador no podrá ceder, novar o transferir, el Contrato o cualquier pago, obligación, derecho, beneficio o interés que tenga en virtud del Contrato sin el previo consentimiento por escrito de Minetek.

18.2 Minetek podrá ceder este Contrato a cualquiera de sus entidades vinculadas y subcontratar cualquier parte de sus obligaciones en virtud de este Contrato sin el consentimiento del Comprador.

19. ACUERDO COMPLETO
19.1 El Contrato constituye el acuerdo íntegro entre las partes en relación con cualquier aspecto de su objeto. Todas las negociaciones, acuerdos, comunicaciones, entendimientos y representaciones anteriores sobre el objeto del Contrato carecen de efecto. El Comprador garantiza y reconoce que confía únicamente en su propia habilidad y juicio al celebrar el Contrato.

20. FUERZA MAYOR
20.1 Si Minetek se ve impedida, directa o indirectamente, de cumplir cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato por causa de Fuerza Mayor, podrá, mediante notificación al Comprador, prorrogar el plazo de Entrega o resolver el Contrato, y el Comprador no podrá reclamar a Minetek daños y perjuicios ni ningún otro recurso.

21. GENERAL
21.1 Si el Comprador es más de una persona o entidad, cada persona o entidad (según corresponda) será solidariamente responsable ante Minetek en virtud del Contrato.

21.2 Cada una de las partes deberá correr con sus propios gastos legales, contables y de otro tipo derivados de la preparación y celebración del Contrato.

21.3 Nada constituye una empresa conjunta, agencia, sociedad u otra relación fiduciaria entre Minetek y el Comprador.

21.4 Minetek sólo podrá renunciar a un requisito o incumplimiento del Contrato por escrito firmado por ella, y dicha renuncia se limitará al caso en cuestión.

Nos centramos en ayudar a nuestros clientes a alcanzar y mantener la conformidad. Contamos con más de 30 años de experiencia en el suministro a la industria de productos de la más alta calidad y un servicio de atención al cliente inigualable. Minetek cuenta con equipos altamente capacitados, experimentados y competentes que proporcionan soluciones completas de extremo a extremo.